martes, 17 de enero de 2017

EL BOOM DE LOS AUTOMÓVILES ELÉCTRICOS PODRÍA AMENAZAR EL FRÁGIL ECOSISTEMA DE LA MAYOR SALINA DEL MUNDO: UYUNI

El Salar de Uyuni es la mayor reserva mundial de litio, una materia prima que será fundamental para la producción de baterías destinadas a abastecer los nuevos modelos de autos híbridos y los futuros vehículos totalmente eléctricos. Esta maravilla se encuentra en Bolivia.

En medio de un vasto desierto de sal en Bolivia, el guía Angel Calani se agacha y golpea su dedo índice en la tierra. "Litio," anuncia mientras retira su dedo, ahora reluciente con salmuera. "Podríamos minarla durante mil años y no acabar."
El Salar de Uyuni, de 4.000 millas cuadradas, es la reserva de litio más grande del mundo y sin explotar, con el metal a pocos centímetros por debajo de la superficie.
La demanda de litio -que se usa en fármacos, fertilizantes y baterías de teléfonos inteligentes y eléctricos- ha aumentado en el último año, antes de un auge anticipado en los coches eléctricos, y se proyecta que superará la oferta en 2023.
El gobierno boliviano afirma que tiene el 70% de las reservas mundiales de litio, despertando el interés de muchas empresas internacionales.
El suministro de una materia prima necesaria para desarrollar la industria del automóvil eléctrico ayudará a reducir la dependencia de los combustibles fósiles, y podría proporcionar una bendición económica muy necesaria para uno de los países más pobres de Sudamérica. Pero hay preocupaciones sobre el impacto del proceso de extracción en el frágil ecosistema del desierto.
La extracción podría significar un aumento del tráfico y la contaminación, la presión sobre el suministro de agua y el daño a la belleza natural del sitio, que afecta al turismo.
Luis de la Barra es un operador turístico con sede en Uyuni, un centro turístico muy concurrido en el borde de los salares y la ciudad más cercana a la porción de 400 kilómetros cuadrados del Salar designado para el desarrollo de litio. Él dice que ha habido pocos signos de actividad de litio en la zona hasta el momento, pero se preocupa por las grandes máquinas desenterrando el Salar. "Me preocupa que destruyan el área y el medio ambiente", dice. "La gente de Uyuni no va a estar feliz con eso".
En el desierto, la salmuera que gotea del dedo de Calani no sólo contiene litio, sino también altos niveles de magnesio y otros elementos. Esto hace que sea más difícil y costoso procesar que las reservas de litio más puras encontradas en la vecina Argentina y Chile.
Estos países - que junto con Bolivia se describen como el triángulo de litio - han estado ocupado recolectando sus salinas para satisfacer la demanda. Después de Australia, Chile es el segundo mayor productor del mundo y Argentina es tercero.
Por el momento, la llanura salina de Bolivia es un elefante blanco brillante, con sólo unos pocos proyectos piloto de extracción en marcha. Estos incluyen un proyecto de carbonato de litio encabezado por la empresa alemana K-UTEC Ag Salt Technologies y una planta de fabricación de baterías construida por el chino Linyi Dake Trade.
El presidente de Bolivia, Evo Morales, se comprometió a desarrollar la industria del litio del país como parte de su campaña de reelección de 2009. Desde entonces ha hecho una serie de promesas de invertir un total de 995 millones de dólares en 2019. El gobierno ha gastado 250 millones de dólares de esa suma hasta ahora, según un informe de Belmont Resources.
El interés de Tesla
Morales ha estado menos interesado en involucrar a compañías internacionales. Al comienzo de su presidencia, declaró el fin del "saqueo" de los recursos del país por parte de países extranjeros. Ha impuesto requisitos estrictos a la inversión extranjera, exigiendo que el gobierno boliviano sirva como un socio igualitario en cualquier proyecto de procesamiento y fabricación de productos hechos a partir de su litio.
Sin embargo, parece que el país se está calentando a la inversión internacional. En noviembre del año pasado, Luis Alberto Echazu, jefe de la compañía nacional de litio de Bolivia, Comibol, anunció que estaba en conversaciones con una empresa canadiense sin nombre sobre la instalación de una planta de baterías de litio en el país. En un informe en su sitio web, Comibol dijo Tesla expresó su interés en la construcción de una planta en Bolivia.
Los observadores de la industria sospechan que Pure Energy Minerals, un proveedor de litio para Tesla, es la organización canadiense en cuestión. Fuentes han confirmado al Guardian que Pure Energy Minerals está interesado en la industria boliviana del litio. Comibol y Tesla no han respondido a las solicitudes de comentarios.
Patrick Highsmith, director ejecutivo de Pure Energy Minerals, dice que no puede confirmar o negar la participación debido a las regulaciones bursátiles canadienses. Pero en respuesta a las preocupaciones sobre los procesos de extracción utilizados, dice que su compañía está experimentando con un proceso de extracción de litio desarrollado en Israel y particularmente adecuado para los retos del Salar de Uyuni.
El proceso implica pasar la salmuera a través de nano filtros y mezclarlo con un disolvente para separar el litio de los otros minerales. Una vez que se extrae el litio, la salmuera se reinyecta de nuevo en el suelo.
"Si podemos entrar y manipular el proceso un poco, el equipo cree que tiene aplicabilidad al salario boliviano", dice Highsmith, quien añade que es menos intensivo en agua que los métodos tradicionales de extracción de litio, empleados por K- UTEC Ag Salt Technologies, que utilizan el sol para evaporar el agua de la salmuera, extrayendo el litio de las sobras.
Sin embargo, Heiner Marx, director de K-UTEC Ag Salt Technologies, rechaza las preocupaciones sobre la intensidad del agua del proceso. "Evaporamos sólo la salmuera del Salar, no el agua potable de las comunidades alrededor", dice. The Guardian de Londres (www.theguardian.com) (TRADUCCION DE GOOGLE)





Contradictoriamente enviaron informe de prensa asegurando que “ahorraron” una cifra millonaria

PETROPAR PAGÓ 111% MÁS POR PREMIO DE GASOIL EN COMPRA DIRECTA POR DECRETO
                                                                 
Petropar no solo adquirió gas a las apuradas, mucho más caro y en forma directa de Bolivia en diciembre último, sino que también ocurrió lo mismo con el premio del gasoil, en el mismo mes, valiéndose de un decreto que le permite “evadir por razones técnicas” la Ley de Contrataciones Públicas. Así pagó 111% más caro por el premio del diésel. No solo niega el despilfarro del dinero público, sino que hasta envió un reporte de prensa en el que asegura que “ahorraron”.

ABC de Paraguay (www.abc.com.py)
                                                                 
La empresa estatal firmó el 12 de diciembre último la resolución de adjudicación del premio del gasoil a 0,71 cpg (centavo de dólar por galón) a las proveedoras Trafigura y Glencore, en el marco de un procedimiento normal, amparado en la Ley de Contrataciones Públicas. El volumen de esta compra fue de un mínimo de 60.000 m3 (60 millones de litros) y un máximo de 120.000 m3 (120 millones de litros) de la firma Glencore, mientras que de Trafigura contrató un mínimo de 40.000 m3 (40 millones de litros) y un máximo de 80.000 m3 (80 millones de litros).
Sin embargo, tres días después, el 15 de diciembre, y en medio de otro llamativo apuro sin ninguna necesidad, ya que acababan de comprar el mismo producto, gasoil, Petropar firmó contrato por adjudicación directa con la firma Lukoil Pan Américas LLC, por un premio de 1,5 cpg, lo que representa 111% más caro que el premio pactado por el mismo gasoil, apenas tres días antes. El volumen de esta compra fue de 41.901,614 metros cúbicos (41.901.614 litros).
Decreto para evadir licitación formal
Para esa última compra la importadora estatal utilizó el decreto N° 5520/16, “Que establece directrices para las contrataciones reguladas por la Ley N° 2051/03 de Contrataciones Públicas”, que concede la facultad de comprar a los entes públicos sorteando las formalidades de la ley solo “por razones técnicas o de precio”. Y la compra de gasoil no es una cuestión técnica sino comercial, y razones de precio tampoco hubo, porque pagaron más. Peligrosamente se malutiliza este resquicio legal a favor de la discrecionalidad del Gobierno de turno.
Apuro, pero para comprar más caro
Con esa última compra, con la diferencia obtenida en los premios, entre la compra del 12 de diciembre y la del 15 del mismo mes, se tiene una pérdida para la estatal de casi US$ 100.000, al adquirir en forma directa de Lukoil.
En esencia, las compras “a las apuradas” solo se justificarían en un verdadero caso de “emergencia” o realmente por “razones técnicas”, pero no en los casos concretados por Petropar.
En lo ocurrido en la estatal ninguna de las exigencias establecidas en el marco legal se cumplía, pero igual contrataron en forma directa. La pregunta que surge es ¿quién se quedó con la diferencia de US$ 100.000 de la compra de Lukoil?
Además, “ahorraron”
Por si todo fuera poco, contradictoriamente el departamento de prensa de Petropar remitió recientemente una gacetilla indicando que tuvieron “un ahorro importante en la compra” de Lukoil. Incluso se indicó que el ahorro fue de unos US$ 2.115.500 con relación al contrato vigente. Sin embargo, compararon el premio más caro de Lukoil con la licitación vigente, que data de julio de 2016, cuando el precio del gasoil era mucho menor y los premios muy diferentes, por tratarse de otra coyuntura de mercado.





BOLIVIA: TITULACIÓN DE LA PROPIEDAD INDÍGENA NO ESTÁ CONDICIONADA AL RECONOCIMIENTO ESTATAL DE LA "PERSONALIDAD JURÍDICA" DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

La Mula de Perú (www.alertanetiids.lamula.pe)
                                                      
Introducción.
En el artículo, analizaré la Sentencia 0006/2016 del Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia (TCP). La misma protege los derechos de los pueblos indígenas e indica que los procesos de titulación de territorios indígenas no deben de tener como requisito formal previo que los pueblos indígenas cuenten con reconocimiento estatal de su personalidad jurídica. 
La sentencia responde a una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el Pueblo Indígena Originario Campesino (PIOC) de Quila Quila(1)  contra los artículos 357 y 396.II del Decreto Supremo 29215 de 2 de agosto de 2007, que fueron utilizados por la Dirección Departamental del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) de Chuquisaca para denegar la titulación de su territorio colectivo.
El pueblo Quila Quila solicitó al INRA la titulación de sus tierras en un proceso de saneamiento de las Tierras Comunales Originarias (TCO). Frente a la respuesta denegatoria por parte de esta entidad administrativa, el pueblo accionó una Acción Popular(2)  que, más tarde, le fue negada. Es en este contexto que el pueblo Quila Quila recurrió a una vía de inconstitucionalidad.
El Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia sentenció a favor del pueblo Quila Quila. Es decir, demostró que el reconocimiento formal a los pueblos originarios por parte de un Estado no debe ser requisito previo para que se titule el territorio que ancestralmente han ocupado. Así, indicó que los artículos del Decreto Supremo son contrarios a los artículos 1; 30.II.1, 4, 6; y 410.II de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPEPB); además de violar el artículo 1.2 del Convenio 169 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT); y los artículos 2; 3 y 33.1 de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI).
Parámetro de constitucionalidad de los decretos cuestionados. Para analizar la validez de los Decretos cuestionados, el Tribunal recurrió a dos tipos de control: el control de constitucionalidad y el control de convencionalidad.
a. Sobre el control de constitucionalidad. El juicio de constitucionalidad se enmarcó en el análisis de los dispositivos infra constitucionales y que éstas no fuesen contrarias o transgredan los principios, valores, normas y preceptos que resguarda la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPEPB).  
El Tribunal señaló que el alcance del control de constitucionalidad normativo posterior tiene la función de verificar si las disposiciones legales impugnadas resultan compatibles o no con los preceptos legales constitucionales (SSCC 0051/2005-R, 0019/2006-R). También dijo que, según la sentencia SC 0039/2010: «el test o juicio de constitucionalidad debe ser realizada con la Constitución Política del Estado vigente, así se trate de normas jurídicas o resoluciones de contenido normativo dictadas con anterioridad a su vigencia; es decir, nacidas en la vía jurídica bajo el anterior régimen constitucional».
b. Sobre el control de convencionalidad. La Constitución de Bolivia establece que se debe interpretar el derecho interno bajo el marco de tratados o instrumentos internacionales en materia de Derechos Humanos y que éstos declaren los derechos más favorables a los ya reconocido en el marco interno.
La jurisprudencia del Tribunal también se ha manifestado en torno al control de convencionalidad. En la Sentencia SCP 0783/2015-S1 […]: «[l]os Derechos Fundamentales deben ser interpretados de acuerdo al bloque de convencionalidad imperante; es decir, en el marco del contenido de los tratados internacionales referentes a los Derechos Humanos; además de los derechos plasmados en el artículo 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos; ya que, dichos instrumentos son parte del bloque de constitucionalidad».
En esta línea, en la Sentencia SCP 0972/2014, el Tribunal introduce dos principios de interpretación: «pro persona (pro homine) y la interpretación conforme a los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos; donde los jueces y autoridades administrativas ―en primer lugar― tienen el deber de aplicar la norma más favorable para la protección del derecho en cuestión y ―en segundo lugar―, tienen el deber de interpretar el derecho de acuerdo a los tratados internacionales y la interpretación que ha dado la Corte IDH».
El Tribunal analizó los artículos cuestionados bajo los altos estándares de constitucionalidad y convencionalidad. Es decir, en relación a los principios pro homine y de interpretación bajo los pactos internacionales. Ellos forman parte del Bloque de Constitucionalidad. Este bloque incluye a los tratados internacionales de Derechos Humanos, así como las sentencias y opiniones consultivas que emanen de la Corte IDH; así lo ha señalado el TCP en la Sentencia Constitucional SC 110/2010-R.
c. Análisis del caso concreto
El Tribunal analizó las normas donde se exigía la acreditación de la personería jurídica para la titulación del territorio del pueblo Quila Quila. Concluyó que ese requisito es violatorio de la Constitución Política del Estado y los instrumentos internacionales. También, señaló que la conciencia de la identidad indígena deberá considerarse un criterio fundamental(3). Así, el Tribunal expresó que las disposiciones infra constitucionales son contrarias a i) la libre existencia de las Naciones Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (NPIOC), reconocida en los instrumentos internacionales; ii) la libre determinación y territorialidad derechos consagrados en la CPEB y, iii) la titulación colectiva de tierras y territorios reconocidos en los instrumentos nacionales e internacionales.
El Tribunal estableció que se considera ilegal y lesivo, a los derechos colectivos de las NPIOC, el hecho de que las autoridades administrativas hayan aplicado los artículos demandados y exijan al pueblo Quila Quila que cuente con personalidad jurídica. Así, el artículo 1.2 del Convenio 169 de la OIT señala como criterio fundamental la autodeterminación como pueblo indígena. Es decir, que para la titulación de los territorios indígenas, son válidos y suficientes los criterios de ancestralidad y autodeterminación de un pueblo indígena como sujetos colectivos de derechos, debiendo aplicarse directamente el Convenio 169 de la OIT en los procedimientos administrativos efectuados por el INRA, reconociendo su derecho a la territorialidad y otros derechos que amparan a las Naciones Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (NPIOC). Por tanto, constituye innecesario la obtención de la personalidad jurídica para efectos de exigir la titulación del territorio indígena.
Por lo expuesto anteriormente, el Tribunal resolvió declarar la inconstitucionalidad del pre supuesto «personalidad jurídica», que estuvo prevista en las disposiciones demandadas. De la misma manera, el Tribunal estableció que la exigencia previa de poseer personería jurídica para acceder a la titulación de las tierras de los Pueblos Indígenas Originarios y Campesinos es contraria a la normativa mencionada y bajo este marco normativo ―de respeto y garantía por los derechos colectivos― se refunda el Estado Plurinacional en la Constitución Política de Bolivia. En este modelo de Estado, la existencia de tales pueblos no es una «concesión» del Estado a través de una personería jurídica, sino el hecho de que su libre existencia sea derecho fundamental de naturaleza colectiva, el cual emerge de su ancestralidad: No puede estar subordinada a requisitos formales o concesiones del Estado.
Aportes. 
En la sentencia que analizamos, tenemos un gran avance constitucional e internacional, al indicar que la titulación del territorio de un Pueblo Indígena Originario y Campesino no está supeditado al reconocimiento estatal de la personalidad jurídica de este pueblo. Para ello, utiliza los más altos estándares internacionales. Es decir, los tratados internacionales de Derechos Humanos y las sentencias y opiniones de la Corte IDH.
El Tribunal aplica directamente el artículo 1.2 del Convenio N° 169 de la OIT e indica que los pueblos tienen derecho a autodeterminarse como tales. Con ello, se resalta el gran valor constitucional de la existencia ancestral de los mismos. Bajo esta misma línea, el Tribunal menciona que las entidades administrativas deben ejercer un control constitucional y convencional en relación a los principios pro homine y de interpretación bajo los pactos internacionales.
Conclusiones.
La lógica que se esboza en un Estado, refundado como plurinacional, se basa en la existencia de naciones o pueblos desde mucho antes de la existencia del Estado. Este modelo conlleva la noción de autogobierno y autodeterminación de los pueblos indígenas, que se basa en su libre determinación y no una independencia o secesión del Estado. Es así como los Pueblos Originarios lo han entendido.
Como ya lo ha mencionado Boaventura de Sousa Santos, debemos forjar un constitucionalismo transformador, que combata concepciones hegemónicas, patriarcalistas, monoculturales y monojurídicas frente a la gran discriminación social, opresión y despojo que han sufrido los pueblos originarios.
El camino es largo para llegar a un constitucionalismo transformador. Sabemos que el derecho nos ampara y no debemos temblar al hacer respetar los derechos de los pueblos originarios.





LEÉ LA POLÉMICA CARTA VIRAL DE UN CIUDADANO ARGENTINO QUE VIVE EN BOLIVIA

Una carta escrita por un profesional argentino que reside en Bolivia se viralizó en las redes ¿Qué dice?

Diario Veloz de Argentina (www.diarioveloz.com)
                                                                  
El ciudadano argentino radicado en Bolivia Carlos Alberto Alderete publicó una carta en la que critica el sistema burocrático que legaliza la residencia de extranjeros en ese país y, entre otras cosas, afirmó con ironía que los argentinos son "los giles del continente".
Sucede que Alderete vive en el país vecino desde hace un año y medio por motivos laborales, y el centro de sus quejas radican en los sucesivos trámites que debe realizar para que su estadía en Bolivia no sea ilegal.
La controvertida publicación no tardó en viralizarse a través de las redes sociales y no faltaron quienes se mostraron a favor y en contra de la postura de Alderete.
Promediando la misiva, exclamó: "En ningún país de la región te dan facilidades para que te quedes, salvo en nuestro querido país" y agregó: "Cada país cuida y defiende a sus ciudadanos, menos el nuestro, que posterga a los propios en beneficio ajeno".
El texto se volvió popular en el marco del debate sobre el proyecto del Gobierno de Cambiemos que buscará endurecer el control inmigratorio.
 La carta completa: 
"Por un contrato laboral resido en Bolivia desde hace un año y medio; les cuento que para residir en Bolivia es necesario contar con pasaporte, aunque no sea necesario para ingresar a este territorio.
El certificado de Interpol requerido para trabajar tarda 3 meses. El trámite por un año, con gestor - (porque sin gesto es imposible) - cuesta unos 600 dólares.
Cuando se vence hay que hacer todos los trámites de nuevo, es por dos años y cuesta unos 700 dólares. Al vencer hay que hacer el de tres años, y recién el de radicación definitiva (o sea luego de 6 años), que dura ¡¡¡lo que dura el vencimiento del pasaporte!!! y luego hacerlo de nuevo. Entendieron?, no hablo de EE.UU, hablo de Bolivia !!!
Cada vez que viajás al exterior hay que pagar 10 dólares (por ser extranjero),
No hay atención médica gratuita para ningún extranjero, ni educación pública, ni nada parecido.
En cuanto levantás la voz te dicen, con todas las letras: "UD. ES EXTRANJERO", aunque estés residiendo en forma permanente, si no tenés un padrino ningún banco te presta ni un centavo, ni siquiera te abre una cuenta, por cualquier cosa te sacan fotocopia del documento, sólo porque sos extranjero.
Es importante que los argentinos sepamos que los giles del continente somos nosotros.
En ningún país de la región te dan facilidades para que te quedes, salvo en nuestro querido país, y ni se te ocurra tratar de quedarte con un terreno en forma ilegal, porque podés terminar muerto o preso.
Compañeros míos de Siemens vivieron situaciones similares en Brasil y en Chile (Ecuador, peor).
Cada país cuida y defiende a sus ciudadanos, menos el nuestro, que posterga a los propios en beneficio ajeno. Argentina debe abrirle las puertas al mundo como lo ha hecho a lo largo de su historia, pero con condiciones razonables que exijan antecedentes policiales y judiciales, trabajo asegurado, certificado de salud y no abrir indiscriminadamente las puertas para el ingreso de indigentes y en algunos casos hasta delincuentes. Esto no es xenofobia, entiendase bien.
Esto es defensa de la soberanía nacional y del trabajo nacional.
No se puede permitir que una veintena de personas ingresen de Perú sin inconveniente ninguno en nuestras oficinas de Migraciones, a pesar de ser ex convictos en su país, o cientos que vienen de Bolivia y Paraguay, se instalan dos o tres meses en casas de parientes o paisanos, se operan en hospitales públicos de la Capital, a costa del esfuerzo de nuestra sociedad que ya no sólo banca a los conciudadanos del GBA, sino a todos los hermanos Sudamericanos que tengan ganas de venir aquí.





LA FUNCIONARIA QUE DUDÓ DE LA AUTONOMÍA DEL AVIÓN DEL CHAPECOENSE, DISPUESTA A DECLARAR DESDE BRASIL

El Economista de España (www.eleconomistaamerica.com)
                                                           
La exfuncionaria de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) de Bolivia Celia Castedo, quien había solicitado que se modificara el plan de vuelo del avión del Chapecoense que se estrelló a finales de noviembre al sur de Medellín por sus dudas sobre la autonomía de la nave, se ha mostrado dispuesta a declarar pero sin tener que viajar a Bolivia.
El abogado de Castedo, Guido Colque, ha explicado a Radio Fides que ha presentado ante la Embajada de Colombia en La Paz donde asegura la "disponibilidad" de Castedo de "presentar declaración ante la Aeronáutica Civil de Colombia (Aerocivil) siempre y cuando sea en Brasil, en la Fiscalía de Matogroso, donde ahora reside".
La razón por la que Castedo prefiere declarar desde Brasil, adonde huyó después del accidente y donde ha solicitado refugio, es su confianza en las autoridades colombianas. Colque sostiene que desde Bogotá se presentaron unas conclusiones con "mayor responsabilidad" que desde Bolivia.
A principios de enero, el ministro de Obras Públicas de Bolivia, Milton Claros, reiteró la responsabilidad de Castedo en el accidente del avión de la aerolínea LaMia que se estrelló en Colombia dejando un saldo de 71 muertos.
"Si la señora esta, que ha tenido bajo su responsabilidad la autorización del vuelo, no ha cumplido sus obligaciones tiene que responder ante la Justicia", criticó Claros, en declaraciones recogidas por el diario boliviano 'El Deber'.
Sin embargo Castedo ha insistido desde entonces en que había presentado dudas acerca de la autonomía de la nave y ha defendido siempre que a pesar de que el sello y su firma estén en la autorización del vuelo, su cargo no le permite ni autorizar ni impedir un vuelo.
"Que esté la firma representa un protocolo de recepción del documento, pero bajo ninguna circunstancia significa aprobación o autorización a una aeronave para la realización de un vuelo", sostiene.
La exfuncionaria sostiene que a pesar de que ella misma solicitó un cambio en el plan de vuelo debido a sus dudas acerca de la autonomía de la aeronave para realizar la ruta prevista, "la decisión de mantener la información establecida" le fue comunicada por Álex Quispe --identificado como representante de LaMia-- 20 minutos antes de la salida del avión, indicando que "correspondía a una decisión tomada por el capitán de la aeronave".
"Recalqué tres veces que el combustible era exactamente igual que el que se necesitaba para volar ese tiempo en esa ruta", insistió.
Sin embargo, Claros ha insistido en su papel en el siniestro, recalcando que "al final tendrá que responder ante la Justicia como corresponde".
El avión, en el que viajaban 77 personas --entre ellas, el equipo de fútbol de Brasil Chapecoense--, se estrelló en un cerro al sur de Medellín, a donde se dirigía para que el club se disputara la final de la Copa Sudamericana, dejando 71 muertos y tan solo seis supervivientes.
Según las informaciones de la investigación, el avión se precipitó porque no contaba con suficiente carburante como para cubrir la ruta prevista, desde el aeropuerto de Viru Viru, en la ciudad de Santa Cruz, hasta la ciudad colombiana.





LOS “DICTADORES Y CÓMPLICES ESTÁN DESESPERADOS POR ENCUBRIR SU CORRUPCIÓN”

Revista Sumarium de Venezuela (www.sumarium.com)
                                       
El abogado, politólogo y director del Interamerican Institute for Democracy, Carlos Sánchez Berzaín, señaló este lunes que “los corruptos” que siguen en ejercicio del poder político en los gobiernos de Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Nicaragua, Colombia y otros, “actúan desesperadamente para encubrir su corrupción”.
Sin embargo, apuntó en su columna semanal publicada en su página web que la gente demanda saber la verdad y en consecuencia conocer a “los delincuentes” con sus nombres, posiciones de poder político y montos de beneficios.
“El Departamento de Justicia de los Estados Unidos emitió un informe que establece que ‘durante o entre 2001 y 2016, Odebrecht, junto a sus cómplices, consciente y deliberadamente conspiró y acordó con otros proveer corruptamente cientos de millones de dólares en pagos y (…) es urgente que la opinión pública sepa quienes son los ‘funcionarios oficiales extranjeros, partidos políticos extranjeros, miembros de partidos políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros’ que recibieron sobornos”, manifestó.
En ese orden de ideas, resaltó que “se trata de políticos, gobernantes y ex gobernantes brasileros, venezolanos, ecuatorianos, dominicanos, mexicanos, peruanos, argentinos, colombianos, panameños, guatemaltecos….y mas allá de Odebrecht y de los países ya citados, hay que saber quienes son los cubanos, bolivianos, nicaragüenses y de otros países donde operó el sistema montado en torno al Foro de Sao Paulo”.
A CONTINUACIÓN EL TEXTO COMPLETO
Autoridades fiscales y judiciales de Brasil han investigado y demostrado que desde al año 2001 y por casi 15 años, gobiernos de Lula da Silva y de Dilma Rousseff, se instaló y operó por el poder político un sistema criminal de corrupción transnacional con obras y empresas constructoras brasileras que se conoce como “lava jato”. Los detalles de las obras, comisiones, sobornos, coimas y detalles de la organización criminal están descubiertos en su parte fundamental, pero su publicidad está frenada porque los corruptos que siguen en ejercicio del poder político en los gobiernos de Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Nicaragua, Colombia y otros, actúan desesperadamente para encubrir su corrupción.
El origen político de esta red de crimen organizado resultó ser el “Foro de Sao Paulo” y su ámbito expansión abarcó a todos los países donde sus miembros tenían o formaban parte del poder, en especial al grupo de regímenes castristas que se conocen como socialismo del siglo XXI (SSXXI). Basta revisar detalle de obras realizadas país por país, por los gobiernos vinculados al Foro de Sao Paulo y establecer la presencia de empresas constructoras brasileras, para determinar el multimillonario alcance de la corruptela que hizo nuevos ricos a los socialistas e izquierdistas anti neoliberales, proporcionó el “capital” para que el proyecto político anti democrático y autoritario se expanda y se sostenga con ingentes cantidades de dinero para el fraude electoral, el asesinato de la reputación de los adversarios, la compra o neutralización de medios de comunicación, la prebenda populista y tantos otros crímenes cometidos contra la libertad y los derechos humanos.
La gente demanda saber la verdad y en consecuencia conocer a los delincuentes con sus nombres, posiciones de poder político y montos de beneficios criminales. El Departamento de Justicia de los Estados Unidos emitió un informe que establece que “durante o entre 2001 y 2016, Odebrecht, junto a sus cómplices, consciente y deliberadamente conspiró y acordó con otros proveer corruptamente cientos de millones de dólares en pagos y otros objetos de valor a y para el beneficio de funcionarios oficiales extranjeros, partidos políticos extranjeros, miembros de partidos políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros para asegurar una indebida ventaja e influencia a esos funcionarios extranjeros, partidos políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros a fin de obtener y retener negocios en varios países”.
El informe norteamericano señala coimas en Brasil con 349 millones de dólares ($), Venezuela $98 millones, Ecuador mas de $33,5 millones, Argentina $35 millones, Panamá $59 millones, Dominicana $92 millones, Perú $29 millones, Guatemala $18 millones, México $10,5 millones, Colombia $11 millones. El informe solo menciona dos empresas, Odebrecht y Braskem y solo de 9 países de América Latina y por lo tanto es solo parcial, no es completo, porque el consorcio criminal alentó y logró obras por montos millonarios en otros países como Bolivia y con otras empresas como OAS, Andrade Gutierrez, Quieroz Galvao, Camargo Correa….. Si bien es cierto que Estados Unidos y Suiza impondrán multas a Odebrecht y Braskem porque utilizaron el sistema financiero y bancario de Estados Unidos para pagar sobornos, no es menos importante la responsabilidad penal y política de los que recibieron los sobornos y conocer las otras empresas con sospecha de sobornos en otros países.
Es necesario conocer “las otras entidades asociadas”, es urgente que la opinión pública sepa quienes son los “funcionarios oficiales extranjeros, partidos políticos extranjeros, miembros de partidos políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros” que recibieron sobornos. Se trata de políticos, gobernantes y ex gobernantes brasileros, venezolanos, ecuatorianos, dominicanos, mexicanos, peruanos, argentinos, colombianos, panameños, guatemaltecos….y mas allá de Odebrecht y de los países ya citados, hay que saber quienes son los cubanos, bolivianos, nicaragüenses y de otros países donde operó el sistema montado en torno al Foro de Sao Paulo.
En este escenario el gobierno que mas desesperación ha demostrado por evitar el esclarecimiento es Ecuador, con Rafael Correa liderando declaraciones y posicionamientos públicos en los que, tratando de adelantarse a la verdad o “buscando curarse en salud”, ha establecido como regla oficial que no aceptarán “acusaciones sin pruebas ni beneficio de inventario”……lo que simplemente supone “confesión y encubrimiento” porque ante la cita de Ecuador con mas $33.5 millones de sobornos en un informe del Departamento de Justicia, la actitud de gobierno debió ser la de esclarecer no la de encubrir ni justificar (beneficio de invetario!?).
La Congresista de Estados Unidos Ileana Ros-Lehtinen solicitó a la Fiscalía de ese país desclasificar los nombres de los funcionarios ecuatorianos relacionados con el caso Odebrecht que habrían recibido sobornos por $33,5 millones y Rafael Correa respondió atacando a la congresista, demostrando que no quiere que se conozcan los nombres de ecuatorianos que tienen tanto la justicia brasilera como la de Estados Unidos.
En Colombia el ex presidente Alvaro Uribe ha pedido a la Fiscalía de su país que “investigue si la campaña que llevó a Juan Manuel Santos a la Casa de Nariño en 2014 fue financiada por Odebrecht”. El ex Vice Ministro de Transporte Gabriel García (del gobierno de Uribe) está ya preso por haber recibido $6.5 millones para la autopista Ruta del Sol. En toda la región se libra una nueva etapa de la lucha entre las dos Américas, la democrática y la dictatorial; entre el derecho de los pueblos a conocer la verdad versus los izquierdistas del Foro de Sao Paulo, los dictadores del SSXXI y sus cómplices, que buscan desesperadamente encubrir su corrupción y mantenerse en la impunidad.





DESNUTRICIÓN CRÓNICA EN BOLIVIA ES AÚN ALTA: PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS

Panam Post (www.es.panampost.com)

  




LA JUSTICIA ITALIANA DICTARÁ HOY SENTENCIA EN EL PROCESO POR EL PLAN CÓNDOR

Terra de España (www.noticias.terra.es)
                                                                                              
La Justicia italiana dictará hoy sentencia en el juicio sobre la muerte de una veintena de italianos durante la represión del llamado Plan Cóndor en países de América Latina y por la que están imputados 27 militares de Bolivia, Chile, Perú y Uruguay.
La presidenta de la III Corte Penal del Tribunal de Roma, Evelina Canale, fijó para este martes la audiencia en la que previsiblemente se pronunciará la sentencia en primera instancia, que se espera durante la tarde, hacia las 17.00 locales (16.00 GMT).
A la vista asistirán el vicepresidente de Uruguay, Raúl Sendic, la presidenta de la Institución Nacional de Derechos Humanos y exfiscal Mirtha Guianze, y en representación del Gobierno italiano acudirá la subsecretaria de la presidencia, Maria Elena Boschi.
El juicio comenzó el 12 de febrero de 2015 con 34 imputados, entre antiguos jefes de Estado, oficiales, agentes de policía, miembros de los servicios secretos de los regímenes militares de dichos países entre las décadas de 1970 y 1980.
Las trabas burocráticas y las muertes de los acusados, de avanzada edad, han reducido el número de imputados a veintisiete: dos bolivianos, siete chilenos, catorce uruguayos y cuatro peruanos.
El último imputado en morir, el pasado 28 de diciembre, ha sido el teniente general Gregorio Álvarez, presidente y dictador de Uruguay entre 1981 y 1985, que estaba cumpliendo condena por hechos vinculados a la represión durante dichos años.
Gran parte de la atención está puesta en el caso del exmilitar uruguayo Jorge Néstor Troccoli, el único de los imputados que se ha personado en el proceso ya que reside en libertad en Italia desde 2007, cuando escapó de la justicia en su país.
Para él y para otros veintiséis imputados más -incluyendo a Gregorio Álvarez- la fiscal Tiziana Cugini reclamó en octubre la pena a cadena perpetua.
Las partes civiles y la acusación pretenden así evitar que los hechos no se declaren prescritos, pues el Código Penal italiano estipula que los delitos que no prescriben son aquellos que merecen la cadena perpetua.
La procuradora por contra solicitó la absolución para el piloto uruguayo Ricardo Eliseo Chávez Domínguez.
Paralelamente Troccoli deberá responder por la muerte de veintidós ciudadanos uruguayos y argentinos, ya que Italia, al negarse a extraditarle en 2008, se ha ceñido al principio de derecho internacional que dicta "o extraditas o juzgas".
La Operación o Plan Cóndor fue ideada por el general chileno Augusto Pinochet y coordinó la represión de la oposición política entre 1970 y 1980 por parte sobre todo de las dictaduras de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia.
Un informe de la CIA estadounidense, en el que se basa la acusación en el caso del fiscal italiano Giancarlo Capaldo, precisa que Perú y Ecuador se convirtieron en miembros de este plan a finales de los años 80.

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