El Salar de
Uyuni es la mayor reserva mundial de litio, una materia prima que será
fundamental para la producción de baterías destinadas a abastecer los nuevos
modelos de autos híbridos y los futuros vehículos totalmente eléctricos. Esta
maravilla se encuentra en Bolivia.
En medio de
un vasto desierto de sal en Bolivia, el guía Angel Calani se agacha y golpea su
dedo índice en la tierra. "Litio," anuncia mientras retira su dedo,
ahora reluciente con salmuera. "Podríamos minarla durante mil años y no
acabar."
El Salar de
Uyuni, de 4.000 millas cuadradas, es la reserva de litio más grande del mundo y
sin explotar, con el metal a pocos centímetros por debajo de la superficie.
La demanda de
litio -que se usa en fármacos, fertilizantes y baterías de teléfonos
inteligentes y eléctricos- ha aumentado en el último año, antes de un auge
anticipado en los coches eléctricos, y se proyecta que superará la oferta en
2023.
El gobierno
boliviano afirma que tiene el 70% de las reservas mundiales de litio, despertando
el interés de muchas empresas internacionales.
El suministro
de una materia prima necesaria para desarrollar la industria del automóvil
eléctrico ayudará a reducir la dependencia de los combustibles fósiles, y
podría proporcionar una bendición económica muy necesaria para uno de los
países más pobres de Sudamérica. Pero hay preocupaciones sobre el impacto del
proceso de extracción en el frágil ecosistema del desierto.
La extracción
podría significar un aumento del tráfico y la contaminación, la presión sobre
el suministro de agua y el daño a la belleza natural del sitio, que afecta al
turismo.
Luis de la
Barra es un operador turístico con sede en Uyuni, un centro turístico muy
concurrido en el borde de los salares y la ciudad más cercana a la porción de 400
kilómetros cuadrados del Salar designado para el desarrollo de litio. Él dice
que ha habido pocos signos de actividad de litio en la zona hasta el momento,
pero se preocupa por las grandes máquinas desenterrando el Salar. "Me
preocupa que destruyan el área y el medio ambiente", dice. "La gente
de Uyuni no va a estar feliz con eso".
En el
desierto, la salmuera que gotea del dedo de Calani no sólo contiene litio, sino
también altos niveles de magnesio y otros elementos. Esto hace que sea más
difícil y costoso procesar que las reservas de litio más puras encontradas en
la vecina Argentina y Chile.
Estos países
- que junto con Bolivia se describen como el triángulo de litio - han estado
ocupado recolectando sus salinas para satisfacer la demanda. Después de Australia,
Chile es el segundo mayor productor del mundo y Argentina es tercero.
Por el
momento, la llanura salina de Bolivia es un elefante blanco brillante, con sólo
unos pocos proyectos piloto de extracción en marcha. Estos incluyen un proyecto
de carbonato de litio encabezado por la empresa alemana K-UTEC Ag Salt
Technologies y una planta de fabricación de baterías construida por el chino
Linyi Dake Trade.
El presidente
de Bolivia, Evo Morales, se comprometió a desarrollar la industria del litio
del país como parte de su campaña de reelección de 2009. Desde entonces ha
hecho una serie de promesas de invertir un total de 995 millones de dólares en
2019. El gobierno ha gastado 250 millones de dólares de esa suma hasta ahora,
según un informe de Belmont Resources.
El interés de
Tesla
Morales ha
estado menos interesado en involucrar a compañías internacionales. Al comienzo
de su presidencia, declaró el fin del "saqueo" de los recursos del
país por parte de países extranjeros. Ha impuesto requisitos estrictos a la
inversión extranjera, exigiendo que el gobierno boliviano sirva como un socio
igualitario en cualquier proyecto de procesamiento y fabricación de productos
hechos a partir de su litio.
Sin embargo,
parece que el país se está calentando a la inversión internacional. En
noviembre del año pasado, Luis Alberto Echazu, jefe de la compañía nacional de
litio de Bolivia, Comibol, anunció que estaba en conversaciones con una empresa
canadiense sin nombre sobre la instalación de una planta de baterías de litio en
el país. En un informe en su sitio web, Comibol dijo Tesla expresó su interés
en la construcción de una planta en Bolivia.
Los
observadores de la industria sospechan que Pure Energy Minerals, un proveedor
de litio para Tesla, es la organización canadiense en cuestión. Fuentes han
confirmado al Guardian que Pure Energy Minerals está interesado en la industria
boliviana del litio. Comibol y Tesla no han respondido a las solicitudes de
comentarios.
Patrick Highsmith, director ejecutivo de Pure Energy Minerals, dice que no puede confirmar o negar la participación debido a las regulaciones bursátiles canadienses. Pero en respuesta a las preocupaciones sobre los procesos de extracción utilizados, dice que su compañía está experimentando con un proceso de extracción de litio desarrollado en Israel y particularmente adecuado para los retos del Salar de Uyuni.
Patrick Highsmith, director ejecutivo de Pure Energy Minerals, dice que no puede confirmar o negar la participación debido a las regulaciones bursátiles canadienses. Pero en respuesta a las preocupaciones sobre los procesos de extracción utilizados, dice que su compañía está experimentando con un proceso de extracción de litio desarrollado en Israel y particularmente adecuado para los retos del Salar de Uyuni.
El proceso
implica pasar la salmuera a través de nano filtros y mezclarlo con un
disolvente para separar el litio de los otros minerales. Una vez que se extrae
el litio, la salmuera se reinyecta de nuevo en el suelo.
"Si
podemos entrar y manipular el proceso un poco, el equipo cree que tiene
aplicabilidad al salario boliviano", dice Highsmith, quien añade que es
menos intensivo en agua que los métodos tradicionales de extracción de litio,
empleados por K- UTEC Ag Salt Technologies, que utilizan el sol para evaporar
el agua de la salmuera, extrayendo el litio de las sobras.
Sin embargo,
Heiner Marx, director de K-UTEC Ag Salt Technologies, rechaza las preocupaciones
sobre la intensidad del agua del proceso. "Evaporamos sólo la salmuera del
Salar, no el agua potable de las comunidades alrededor", dice. The Guardian de Londres
(www.theguardian.com) (TRADUCCION DE GOOGLE)
Contradictoriamente enviaron informe de prensa asegurando
que “ahorraron” una cifra millonaria
PETROPAR PAGÓ 111% MÁS POR PREMIO DE GASOIL EN COMPRA
DIRECTA POR DECRETO
Petropar no solo adquirió gas a las apuradas, mucho más
caro y en forma directa de Bolivia en diciembre último, sino que también
ocurrió lo mismo con el premio del gasoil, en el mismo mes, valiéndose de un
decreto que le permite “evadir por razones técnicas” la Ley de Contrataciones
Públicas. Así pagó 111% más caro por el premio del diésel. No solo niega el
despilfarro del dinero público, sino que hasta envió un reporte de prensa en el
que asegura que “ahorraron”.
ABC de Paraguay (www.abc.com.py)
La
empresa estatal firmó el 12 de diciembre último la resolución de adjudicación
del premio del gasoil a 0,71 cpg (centavo de dólar por galón) a las proveedoras
Trafigura y Glencore, en el marco de un procedimiento normal, amparado en la
Ley de Contrataciones Públicas. El volumen de esta compra fue de un mínimo de
60.000 m3 (60 millones de litros) y un máximo de 120.000 m3 (120 millones de
litros) de la firma Glencore, mientras que de Trafigura contrató un mínimo de
40.000 m3 (40 millones de litros) y un máximo de 80.000 m3 (80 millones de
litros).
Sin
embargo, tres días después, el 15 de diciembre, y en medio de otro llamativo
apuro sin ninguna necesidad, ya que acababan de comprar el mismo producto,
gasoil, Petropar firmó contrato por adjudicación directa con la firma Lukoil
Pan Américas LLC, por un premio de 1,5 cpg, lo que representa 111% más caro que
el premio pactado por el mismo gasoil, apenas tres días antes. El volumen de
esta compra fue de 41.901,614 metros cúbicos (41.901.614 litros).
Decreto para evadir licitación formal
Para esa
última compra la importadora estatal utilizó el decreto N° 5520/16, “Que
establece directrices para las contrataciones reguladas por la Ley N° 2051/03
de Contrataciones Públicas”, que concede la facultad de comprar a los entes
públicos sorteando las formalidades de la ley solo “por razones técnicas o de
precio”. Y la compra de gasoil no es una cuestión técnica sino comercial, y
razones de precio tampoco hubo, porque pagaron más. Peligrosamente se
malutiliza este resquicio legal a favor de la discrecionalidad del Gobierno de
turno.
Apuro, pero para comprar más caro
Con esa
última compra, con la diferencia obtenida en los premios, entre la compra del
12 de diciembre y la del 15 del mismo mes, se tiene una pérdida para la estatal
de casi US$ 100.000, al adquirir en forma directa de Lukoil.
En
esencia, las compras “a las apuradas” solo se justificarían en un verdadero
caso de “emergencia” o realmente por “razones técnicas”, pero no en los casos
concretados por Petropar.
En lo
ocurrido en la estatal ninguna de las exigencias establecidas en el marco legal
se cumplía, pero igual contrataron en forma directa. La pregunta que surge es
¿quién se quedó con la diferencia de US$ 100.000 de la compra de Lukoil?
Además, “ahorraron”
Por si
todo fuera poco, contradictoriamente el departamento de prensa de Petropar
remitió recientemente una gacetilla indicando que tuvieron “un ahorro
importante en la compra” de Lukoil. Incluso se indicó que el ahorro fue de unos
US$ 2.115.500 con relación al contrato vigente. Sin embargo, compararon el
premio más caro de Lukoil con la licitación vigente, que data de julio de 2016,
cuando el precio del gasoil era mucho menor y los premios muy diferentes, por
tratarse de otra coyuntura de mercado.
BOLIVIA: TITULACIÓN DE LA PROPIEDAD INDÍGENA NO ESTÁ
CONDICIONADA AL RECONOCIMIENTO ESTATAL DE LA "PERSONALIDAD JURÍDICA"
DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS
La Mula de Perú (www.alertanetiids.lamula.pe)
Introducción.
En el
artículo, analizaré la Sentencia 0006/2016 del Tribunal Constitucional
Plurinacional de Bolivia (TCP). La misma protege los derechos de los pueblos
indígenas e indica que los procesos de titulación de territorios indígenas no
deben de tener como requisito formal previo que los pueblos indígenas cuenten
con reconocimiento estatal de su personalidad jurídica.
La
sentencia responde a una acción de inconstitucionalidad interpuesta por el
Pueblo Indígena Originario Campesino (PIOC) de Quila Quila(1) contra los
artículos 357 y 396.II del Decreto Supremo 29215 de 2 de agosto de 2007, que
fueron utilizados por la Dirección Departamental del Instituto Nacional de
Reforma Agraria (INRA) de Chuquisaca para denegar la titulación de su
territorio colectivo.
El pueblo
Quila Quila solicitó al INRA la titulación de sus tierras en un proceso de
saneamiento de las Tierras Comunales Originarias (TCO). Frente a la respuesta
denegatoria por parte de esta entidad administrativa, el pueblo accionó una
Acción Popular(2) que, más tarde, le fue negada. Es en este contexto que
el pueblo Quila Quila recurrió a una vía de inconstitucionalidad.
El
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia sentenció a favor del pueblo
Quila Quila. Es decir, demostró que el reconocimiento formal a los pueblos
originarios por parte de un Estado no debe ser requisito previo para que se
titule el territorio que ancestralmente han ocupado. Así, indicó que los
artículos del Decreto Supremo son contrarios a los artículos 1; 30.II.1, 4, 6;
y 410.II de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia
(CPEPB); además de violar el artículo 1.2 del Convenio 169 de la Organización
Internacional de Trabajo (OIT); y los artículos 2; 3 y 33.1 de la Declaración
de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (DNUDPI).
Parámetro de constitucionalidad de los decretos cuestionados. Para analizar la validez de los Decretos cuestionados,
el Tribunal recurrió a dos tipos de control: el control de constitucionalidad y
el control de convencionalidad.
a. Sobre el control de constitucionalidad. El juicio de constitucionalidad se enmarcó en el análisis de los
dispositivos infra constitucionales y que éstas no fuesen contrarias o
transgredan los principios, valores, normas y preceptos que resguarda la
Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (CPEPB).
El
Tribunal señaló que el alcance del control de constitucionalidad normativo
posterior tiene la función de verificar si las disposiciones legales
impugnadas resultan compatibles o no con los preceptos legales constitucionales
(SSCC 0051/2005-R, 0019/2006-R). También dijo que, según la sentencia SC
0039/2010: «el test o juicio de constitucionalidad debe ser realizada con la
Constitución Política del Estado vigente, así se trate de normas jurídicas o
resoluciones de contenido normativo dictadas con anterioridad a su vigencia; es
decir, nacidas en la vía jurídica bajo el anterior régimen constitucional».
b. Sobre el control de convencionalidad. La Constitución de Bolivia establece que se debe interpretar el derecho
interno bajo el marco de tratados o instrumentos internacionales en materia de
Derechos Humanos y que éstos declaren los derechos más favorables a los ya
reconocido en el marco interno.
La
jurisprudencia del Tribunal también se ha manifestado en torno al control de
convencionalidad. En la Sentencia SCP 0783/2015-S1 […]: «[l]os Derechos
Fundamentales deben ser interpretados de acuerdo al bloque de convencionalidad
imperante; es decir, en el marco del contenido de los tratados internacionales
referentes a los Derechos Humanos; además de los derechos plasmados en el
artículo 29 de la Convención Americana de Derechos Humanos; ya que, dichos
instrumentos son parte del bloque de constitucionalidad».
En esta
línea, en la Sentencia SCP 0972/2014, el Tribunal introduce dos principios de
interpretación: «pro persona (pro homine) y la interpretación conforme a
los Pactos Internacionales sobre Derechos Humanos; donde los jueces y
autoridades administrativas ―en primer lugar― tienen el deber de aplicar la
norma más favorable para la protección del derecho en cuestión y ―en segundo
lugar―, tienen el deber de interpretar el derecho de acuerdo a los tratados
internacionales y la interpretación que ha dado la Corte IDH».
El
Tribunal analizó los artículos cuestionados bajo los altos estándares de
constitucionalidad y convencionalidad. Es decir, en relación a los principios pro
homine y de interpretación bajo los pactos internacionales. Ellos forman
parte del Bloque de Constitucionalidad. Este bloque incluye a los tratados
internacionales de Derechos Humanos, así como las sentencias y opiniones
consultivas que emanen de la Corte IDH; así lo ha señalado el TCP en la Sentencia
Constitucional SC 110/2010-R.
c. Análisis del caso concreto
El
Tribunal analizó las normas donde se exigía la acreditación de la personería
jurídica para la titulación del territorio del pueblo Quila Quila. Concluyó
que ese requisito es violatorio de la Constitución Política del Estado y los
instrumentos internacionales. También, señaló que la conciencia de la identidad
indígena deberá considerarse un criterio fundamental(3). Así, el Tribunal
expresó que las disposiciones infra constitucionales son contrarias a i) la
libre existencia de las Naciones Pueblos Indígenas Originarios Campesinos
(NPIOC), reconocida en los instrumentos internacionales; ii) la libre
determinación y territorialidad derechos consagrados en la CPEB y, iii) la
titulación colectiva de tierras y territorios reconocidos en los instrumentos
nacionales e internacionales.
El
Tribunal estableció que se considera ilegal y lesivo, a los derechos colectivos
de las NPIOC, el hecho de que las autoridades administrativas hayan aplicado
los artículos demandados y exijan al pueblo Quila Quila que cuente con
personalidad jurídica. Así, el artículo 1.2 del Convenio 169 de la OIT señala
como criterio fundamental la autodeterminación como pueblo indígena. Es decir,
que para la titulación de los territorios indígenas, son válidos y suficientes
los criterios de ancestralidad y autodeterminación de un pueblo indígena como
sujetos colectivos de derechos, debiendo aplicarse directamente el Convenio 169
de la OIT en los procedimientos administrativos efectuados por el INRA,
reconociendo su derecho a la territorialidad y otros derechos que amparan a las
Naciones Pueblos Indígenas Originarios Campesinos (NPIOC). Por tanto,
constituye innecesario la obtención de la personalidad jurídica para efectos de
exigir la titulación del territorio indígena.
Por lo
expuesto anteriormente, el Tribunal resolvió declarar la inconstitucionalidad
del pre supuesto «personalidad jurídica», que estuvo prevista en las
disposiciones demandadas. De la misma manera, el Tribunal estableció que la
exigencia previa de poseer personería jurídica para acceder a la titulación de
las tierras de los Pueblos Indígenas Originarios y Campesinos es contraria a la
normativa mencionada y bajo este marco normativo ―de respeto y garantía por los
derechos colectivos― se refunda el Estado Plurinacional en la Constitución
Política de Bolivia. En este modelo de Estado, la existencia de tales pueblos
no es una «concesión» del Estado a través de una personería jurídica, sino el
hecho de que su libre existencia sea derecho fundamental de naturaleza
colectiva, el cual emerge de su ancestralidad: No puede estar subordinada a
requisitos formales o concesiones del Estado.
Aportes.
En la
sentencia que analizamos, tenemos un gran avance constitucional e
internacional, al indicar que la titulación del territorio de un Pueblo
Indígena Originario y Campesino no está supeditado al reconocimiento estatal de
la personalidad jurídica de este pueblo. Para ello, utiliza los más altos
estándares internacionales. Es decir, los tratados internacionales de Derechos
Humanos y las sentencias y opiniones de la Corte IDH.
El
Tribunal aplica directamente el artículo 1.2 del Convenio N° 169 de la OIT e
indica que los pueblos tienen derecho a autodeterminarse como tales. Con ello,
se resalta el gran valor constitucional de la existencia ancestral de los
mismos. Bajo esta misma línea, el Tribunal menciona que las entidades
administrativas deben ejercer un control constitucional y convencional en
relación a los principios pro homine y de interpretación bajo los pactos
internacionales.
Conclusiones.
La lógica
que se esboza en un Estado, refundado como plurinacional, se basa en la
existencia de naciones o pueblos desde mucho antes de la existencia del Estado.
Este modelo conlleva la noción de autogobierno y autodeterminación de los
pueblos indígenas, que se basa en su libre determinación y no una independencia
o secesión del Estado. Es así como los Pueblos Originarios lo han entendido.
Como ya
lo ha mencionado Boaventura de Sousa Santos, debemos forjar un
constitucionalismo transformador, que combata concepciones hegemónicas,
patriarcalistas, monoculturales y monojurídicas frente a la gran discriminación
social, opresión y despojo que han sufrido los pueblos originarios.
El camino
es largo para llegar a un constitucionalismo transformador. Sabemos que el
derecho nos ampara y no debemos temblar al hacer respetar los derechos de los
pueblos originarios.
LEÉ LA POLÉMICA CARTA VIRAL DE UN CIUDADANO ARGENTINO QUE
VIVE EN BOLIVIA
Una carta escrita por un profesional argentino que reside
en Bolivia se viralizó en las redes ¿Qué dice?
Diario Veloz de Argentina (www.diarioveloz.com)
El
ciudadano argentino radicado en Bolivia Carlos Alberto Alderete publicó una
carta en la que critica el sistema burocrático que legaliza la residencia de
extranjeros en ese país y, entre otras cosas, afirmó con ironía que los
argentinos son "los giles del continente".
Sucede
que Alderete vive en el país vecino desde hace un año y medio por motivos
laborales, y el centro de sus quejas radican en los sucesivos trámites que debe
realizar para que su estadía en Bolivia no sea ilegal.
La
controvertida publicación no tardó en viralizarse a través de las redes
sociales y no faltaron quienes se mostraron a favor y en contra de la postura
de Alderete.
Promediando
la misiva, exclamó: "En ningún país de la región te dan facilidades para
que te quedes, salvo en nuestro querido país" y agregó: "Cada país
cuida y defiende a sus ciudadanos, menos el nuestro, que posterga a los propios
en beneficio ajeno".
El texto
se volvió popular en el marco del debate sobre el proyecto del Gobierno de
Cambiemos que buscará endurecer el control inmigratorio.
La
carta completa:
"Por
un contrato laboral resido en Bolivia desde hace un año y medio; les cuento que
para residir en Bolivia es necesario contar con pasaporte, aunque no sea
necesario para ingresar a este territorio.
El
certificado de Interpol requerido para trabajar tarda 3 meses. El trámite
por un año, con gestor - (porque sin gesto es imposible) - cuesta unos 600
dólares.
Cuando se
vence hay que hacer todos los trámites de nuevo, es por dos años y cuesta unos
700 dólares. Al vencer hay que hacer el de tres años, y recién el de
radicación definitiva (o sea luego de 6 años), que dura ¡¡¡lo que dura el
vencimiento del pasaporte!!! y luego hacerlo de nuevo. Entendieron?,
no hablo de EE.UU, hablo de Bolivia !!!
Cada vez
que viajás al exterior hay que pagar 10 dólares (por ser extranjero),
No hay
atención médica gratuita para ningún extranjero, ni educación pública, ni
nada parecido.
En cuanto
levantás la voz te dicen, con todas las letras: "UD. ES EXTRANJERO",
aunque estés residiendo en forma permanente, si no tenés un padrino ningún
banco te presta ni un centavo, ni siquiera te abre una cuenta, por cualquier
cosa te sacan fotocopia del documento, sólo porque sos extranjero.
Es
importante que los argentinos sepamos que los giles del continente somos
nosotros.
En ningún
país de la región te dan facilidades para que te quedes, salvo en nuestro
querido país, y ni se te ocurra tratar de quedarte con un terreno en forma
ilegal, porque podés terminar muerto o preso.
Compañeros
míos de Siemens vivieron situaciones similares en Brasil y en Chile (Ecuador,
peor).
Cada país
cuida y defiende a sus ciudadanos, menos el nuestro, que posterga a los propios
en beneficio ajeno. Argentina debe abrirle las puertas al mundo como lo ha
hecho a lo largo de su historia, pero con condiciones razonables que exijan
antecedentes policiales y judiciales, trabajo asegurado, certificado de salud y
no abrir indiscriminadamente las puertas para el ingreso de indigentes y en
algunos casos hasta delincuentes. Esto no es xenofobia, entiendase bien.
Esto es
defensa de la soberanía nacional y del trabajo nacional.
No se
puede permitir que una veintena de personas ingresen de Perú sin inconveniente
ninguno en nuestras oficinas de Migraciones, a pesar de ser ex convictos en su
país, o cientos que vienen de Bolivia y Paraguay, se instalan dos o tres meses
en casas de parientes o paisanos, se operan en hospitales públicos de la
Capital, a costa del esfuerzo de nuestra sociedad que ya no sólo banca a los
conciudadanos del GBA, sino a todos los hermanos Sudamericanos que tengan ganas
de venir aquí.
LA FUNCIONARIA QUE DUDÓ DE LA AUTONOMÍA DEL AVIÓN DEL
CHAPECOENSE, DISPUESTA A DECLARAR DESDE BRASIL
El Economista de España (www.eleconomistaamerica.com)
La
exfuncionaria de la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la
Navegación Aérea (AASANA) de Bolivia Celia Castedo, quien había solicitado que
se modificara el plan de vuelo del avión del Chapecoense que se estrelló a
finales de noviembre al sur de Medellín por sus dudas sobre la autonomía de la
nave, se ha mostrado dispuesta a declarar pero sin tener que viajar a Bolivia.
El abogado
de Castedo, Guido Colque, ha explicado a Radio Fides que ha presentado ante la
Embajada de Colombia en La Paz donde asegura la "disponibilidad" de
Castedo de "presentar declaración ante la Aeronáutica Civil de Colombia
(Aerocivil) siempre y cuando sea en Brasil, en la Fiscalía de Matogroso, donde
ahora reside".
La razón por
la que Castedo prefiere declarar desde Brasil, adonde huyó después del
accidente y donde ha solicitado refugio, es su confianza en las autoridades
colombianas. Colque sostiene que desde Bogotá se presentaron unas conclusiones
con "mayor responsabilidad" que desde Bolivia.
A principios
de enero, el ministro de Obras Públicas de Bolivia, Milton Claros, reiteró la
responsabilidad de Castedo en el accidente del avión de la aerolínea LaMia que
se estrelló en Colombia dejando un saldo de 71 muertos.
"Si la
señora esta, que ha tenido bajo su responsabilidad la autorización del vuelo,
no ha cumplido sus obligaciones tiene que responder ante la Justicia",
criticó Claros, en declaraciones recogidas por el diario boliviano 'El Deber'.
Sin embargo
Castedo ha insistido desde entonces en que había presentado dudas acerca de la
autonomía de la nave y ha defendido siempre que a pesar de que el sello y su
firma estén en la autorización del vuelo, su cargo no le permite ni autorizar
ni impedir un vuelo.
"Que
esté la firma representa un protocolo de recepción del documento, pero bajo
ninguna circunstancia significa aprobación o autorización a una aeronave para
la realización de un vuelo", sostiene.
La exfuncionaria
sostiene que a pesar de que ella misma solicitó un cambio en el plan de vuelo
debido a sus dudas acerca de la autonomía de la aeronave para realizar la ruta
prevista, "la decisión de mantener la información establecida" le fue
comunicada por Álex Quispe --identificado como representante de LaMia-- 20
minutos antes de la salida del avión, indicando que "correspondía a una
decisión tomada por el capitán de la aeronave".
"Recalqué
tres veces que el combustible era exactamente igual que el que se necesitaba
para volar ese tiempo en esa ruta", insistió.
Sin embargo,
Claros ha insistido en su papel en el siniestro, recalcando que "al final
tendrá que responder ante la Justicia como corresponde".
El avión, en
el que viajaban 77 personas --entre ellas, el equipo de fútbol de Brasil
Chapecoense--, se estrelló en un cerro al sur de Medellín, a donde se dirigía
para que el club se disputara la final de la Copa Sudamericana, dejando 71
muertos y tan solo seis supervivientes.
Según las
informaciones de la investigación, el avión se precipitó porque no contaba con
suficiente carburante como para cubrir la ruta prevista, desde el aeropuerto de
Viru Viru, en la ciudad de Santa Cruz, hasta la ciudad colombiana.
LOS
“DICTADORES Y CÓMPLICES ESTÁN DESESPERADOS POR ENCUBRIR SU CORRUPCIÓN”
Revista
Sumarium de Venezuela (www.sumarium.com)
El abogado,
politólogo y director del Interamerican Institute for Democracy, Carlos Sánchez
Berzaín, señaló este lunes que “los corruptos” que siguen en ejercicio del
poder político en los gobiernos de Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia,
Nicaragua, Colombia y otros, “actúan
desesperadamente para encubrir su corrupción”.
Sin embargo,
apuntó en su columna semanal publicada en su página web que la gente demanda saber la verdad y en
consecuencia conocer a “los delincuentes” con sus nombres, posiciones de poder
político y montos de beneficios.
“El
Departamento de Justicia de los Estados Unidos emitió un informe que establece
que ‘durante o entre 2001 y 2016, Odebrecht, junto a sus cómplices, consciente
y deliberadamente conspiró y acordó con otros proveer corruptamente cientos de
millones de dólares en pagos y (…) es
urgente que la opinión pública sepa quienes son los ‘funcionarios oficiales
extranjeros, partidos políticos extranjeros, miembros de partidos
políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros’ que recibieron
sobornos”, manifestó.
En ese orden
de ideas, resaltó que “se trata de
políticos, gobernantes y ex gobernantes brasileros, venezolanos, ecuatorianos,
dominicanos, mexicanos, peruanos, argentinos, colombianos, panameños,
guatemaltecos….y mas allá de Odebrecht y de los países ya citados, hay que
saber quienes son los cubanos, bolivianos, nicaragüenses y de otros países
donde operó el sistema montado en torno al Foro de Sao Paulo”.
A
CONTINUACIÓN EL TEXTO COMPLETO
Autoridades
fiscales y judiciales de Brasil han investigado y demostrado que desde al año
2001 y por casi 15 años, gobiernos de Lula da Silva y de Dilma Rousseff, se
instaló y operó por el poder político un sistema criminal de corrupción
transnacional con obras y empresas constructoras brasileras que se conoce como
“lava jato”. Los detalles de las obras, comisiones, sobornos, coimas y detalles
de la organización criminal están descubiertos en su parte fundamental, pero su
publicidad está frenada porque los corruptos que siguen en ejercicio del poder
político en los gobiernos de Cuba, Venezuela, Ecuador, Bolivia, Nicaragua,
Colombia y otros, actúan desesperadamente para encubrir su corrupción.
El origen
político de esta red de crimen organizado resultó ser el “Foro de Sao Paulo” y
su ámbito expansión abarcó a todos los países donde sus miembros tenían o
formaban parte del poder, en especial al grupo de regímenes castristas que se
conocen como socialismo del siglo XXI (SSXXI). Basta revisar detalle de obras
realizadas país por país, por los gobiernos vinculados al Foro de Sao Paulo y
establecer la presencia de empresas constructoras brasileras, para determinar
el multimillonario alcance de la corruptela que hizo nuevos ricos a los
socialistas e izquierdistas anti neoliberales, proporcionó el “capital” para
que el proyecto político anti democrático y autoritario se expanda y se
sostenga con ingentes cantidades de dinero para el fraude electoral, el
asesinato de la reputación de los adversarios, la compra o neutralización de
medios de comunicación, la prebenda populista y tantos otros crímenes cometidos
contra la libertad y los derechos humanos.
La gente
demanda saber la verdad y en consecuencia conocer a los delincuentes con sus
nombres, posiciones de poder político y montos de beneficios criminales. El
Departamento de Justicia de los Estados Unidos emitió un informe que establece
que “durante o entre 2001 y 2016, Odebrecht, junto a sus cómplices, consciente
y deliberadamente conspiró y acordó con otros proveer corruptamente cientos de
millones de dólares en pagos y otros objetos de valor a y para el beneficio de
funcionarios oficiales extranjeros, partidos políticos extranjeros, miembros de
partidos políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros para asegurar
una indebida ventaja e influencia a esos funcionarios extranjeros, partidos
políticos extranjeros y candidatos políticos extranjeros a fin de obtener y
retener negocios en varios países”.
El informe
norteamericano señala coimas en Brasil con 349 millones de dólares ($),
Venezuela $98 millones, Ecuador mas de $33,5 millones, Argentina $35 millones,
Panamá $59 millones, Dominicana $92 millones, Perú $29 millones, Guatemala $18
millones, México $10,5 millones, Colombia $11 millones. El informe solo
menciona dos empresas, Odebrecht y Braskem y solo de 9 países de América Latina
y por lo tanto es solo parcial, no es completo, porque el consorcio criminal
alentó y logró obras por montos millonarios en otros países como Bolivia y con
otras empresas como OAS, Andrade Gutierrez, Quieroz Galvao, Camargo Correa…..
Si bien es cierto que Estados Unidos y Suiza impondrán multas a Odebrecht y
Braskem porque utilizaron el sistema financiero y bancario de Estados Unidos
para pagar sobornos, no es menos importante la responsabilidad penal y política
de los que recibieron los sobornos y conocer las otras empresas con sospecha de
sobornos en otros países.
Es necesario
conocer “las otras entidades asociadas”, es urgente que la opinión pública sepa
quienes son los “funcionarios oficiales extranjeros, partidos políticos
extranjeros, miembros de partidos políticos extranjeros y candidatos políticos
extranjeros” que recibieron sobornos. Se trata de políticos, gobernantes y ex
gobernantes brasileros, venezolanos, ecuatorianos, dominicanos, mexicanos,
peruanos, argentinos, colombianos, panameños, guatemaltecos….y mas allá de
Odebrecht y de los países ya citados, hay que saber quienes son los cubanos,
bolivianos, nicaragüenses y de otros países donde operó el sistema montado en
torno al Foro de Sao Paulo.
En este
escenario el gobierno que mas desesperación ha demostrado por evitar el
esclarecimiento es Ecuador, con Rafael Correa liderando declaraciones y
posicionamientos públicos en los que, tratando de adelantarse a la verdad o
“buscando curarse en salud”, ha establecido como regla oficial que no aceptarán
“acusaciones sin pruebas ni beneficio de inventario”……lo que simplemente supone
“confesión y encubrimiento” porque ante la cita de Ecuador con mas $33.5
millones de sobornos en un informe del Departamento de Justicia, la actitud de
gobierno debió ser la de esclarecer no la de encubrir ni justificar (beneficio
de invetario!?).
La
Congresista de Estados Unidos Ileana Ros-Lehtinen solicitó a la Fiscalía de ese
país desclasificar los nombres de los funcionarios ecuatorianos relacionados
con el caso Odebrecht que habrían recibido sobornos por $33,5 millones y Rafael
Correa respondió atacando a la congresista, demostrando que no quiere que se
conozcan los nombres de ecuatorianos que tienen tanto la justicia brasilera
como la de Estados Unidos.
En Colombia el
ex presidente Alvaro Uribe ha pedido a la Fiscalía de su país que “investigue
si la campaña que llevó a Juan Manuel Santos a la Casa de Nariño en 2014 fue
financiada por Odebrecht”. El ex Vice Ministro de Transporte Gabriel García
(del gobierno de Uribe) está ya preso por haber recibido $6.5 millones para la
autopista Ruta del Sol. En toda la región se libra una nueva etapa de la lucha
entre las dos Américas, la democrática y la dictatorial; entre el derecho de
los pueblos a conocer la verdad versus los izquierdistas del Foro de Sao Paulo,
los dictadores del SSXXI y sus cómplices, que buscan desesperadamente encubrir
su corrupción y mantenerse en la impunidad.
DESNUTRICIÓN
CRÓNICA EN BOLIVIA ES AÚN ALTA: PROGRAMA MUNDIAL DE ALIMENTOS
Panam Post (www.es.panampost.com)
LA JUSTICIA ITALIANA DICTARÁ HOY SENTENCIA EN EL
PROCESO POR EL PLAN CÓNDOR
Terra de España (www.noticias.terra.es)
La Justicia
italiana dictará hoy sentencia en el juicio sobre la muerte de una veintena de
italianos durante la represión del llamado Plan Cóndor en países de América
Latina y por la que están imputados 27 militares de Bolivia, Chile, Perú y
Uruguay.
La
presidenta de la III Corte Penal del Tribunal de Roma, Evelina Canale, fijó
para este martes la audiencia en la que previsiblemente se pronunciará la
sentencia en primera instancia, que se espera durante la tarde, hacia las 17.00
locales (16.00 GMT).
A la vista
asistirán el vicepresidente de Uruguay, Raúl Sendic, la presidenta de la
Institución Nacional de Derechos Humanos y exfiscal Mirtha Guianze, y en
representación del Gobierno italiano acudirá la subsecretaria de la
presidencia, Maria Elena Boschi.
El juicio
comenzó el 12 de febrero de 2015 con 34 imputados, entre antiguos jefes de
Estado, oficiales, agentes de policía, miembros de los servicios secretos de
los regímenes militares de dichos países entre las décadas de 1970 y 1980.
Las trabas
burocráticas y las muertes de los acusados, de avanzada edad, han reducido el
número de imputados a veintisiete: dos bolivianos, siete chilenos, catorce
uruguayos y cuatro peruanos.
El último
imputado en morir, el pasado 28 de diciembre, ha sido el teniente general
Gregorio Álvarez, presidente y dictador de Uruguay entre 1981 y 1985, que
estaba cumpliendo condena por hechos vinculados a la represión durante dichos
años.
Gran parte
de la atención está puesta en el caso del exmilitar uruguayo Jorge Néstor
Troccoli, el único de los imputados que se ha personado en el proceso ya que
reside en libertad en Italia desde 2007, cuando escapó de la justicia en su
país.
Para él y
para otros veintiséis imputados más -incluyendo a Gregorio Álvarez- la fiscal
Tiziana Cugini reclamó en octubre la pena a cadena perpetua.
Las partes
civiles y la acusación pretenden así evitar que los hechos no se declaren
prescritos, pues el Código Penal italiano estipula que los delitos que no
prescriben son aquellos que merecen la cadena perpetua.
La
procuradora por contra solicitó la absolución para el piloto uruguayo Ricardo
Eliseo Chávez Domínguez.
Paralelamente
Troccoli deberá responder por la muerte de veintidós ciudadanos uruguayos y
argentinos, ya que Italia, al negarse a extraditarle en 2008, se ha ceñido al
principio de derecho internacional que dicta "o extraditas o juzgas".
La Operación
o Plan Cóndor fue ideada por el general chileno Augusto Pinochet y coordinó la
represión de la oposición política entre 1970 y 1980 por parte sobre todo de
las dictaduras de Chile, Argentina, Brasil, Paraguay, Uruguay y Bolivia.
Un informe
de la CIA estadounidense, en el que se basa la acusación en el caso del fiscal
italiano Giancarlo Capaldo, precisa que Perú y Ecuador se convirtieron en
miembros de este plan a finales de los años 80.
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